Valorización de servidumbre, daño y lucro cesante por el paso del Gasoducto Sur Peruano - Tramo A2: Regiones Cusco, Arequipa y Moquegua
Resumen
El presente documento describe el trabajo realizado por la empresa N&P Forest Wood Work S.R.L. en el marco del Proyecto: “Elaboración de Expedientes Técnicos para la obtención de Servidumbres, Derecho de paso, Tránsito y Ruta – Tramo A2 – Sector Costa”, siendo un servicio realizado para el “Consorcio Constructor Ductos del Sur” (CCDS). El trabajo consiste en estimar el cálculo de los montos que se deben pagar a cada persona afectada por la futura construcción del Gaseoducto Sur Perú, por concepto de compensación e indemnización, si solo si es que la traza del Gaseoducto Sur se superpone a su propiedad y/o posesiones. El monto de compensación, es decir el pago por servidumbre, debe ser calculado exclusivamente para los propietarios de los predios afectados. Mientras que las indemnizaciones, pagos por daño y pagos por lucro cesante, deben ser calculados para los propietarios y también para los posesionarios de predios afectados por la servidumbre; siempre y cuando estos posesionarios, demuestren la posesión del predio ante la entidad evaluadora. Para poder calcular los valores finales que derivan de la Servidumbre, se debe realizar un profundo y exhaustivo análisis legal de los predios afectados, este análisis consiste en la revisión de todos los documentos y datos registrales de dichos predios, documentos tales como: Partidas Registrales de la Súper Intendencia de Registros Públicos (SUNARP), Títulos de Propiedad otorgados por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), o el Programa Especial de Titulación de Tierras (PETT), Compraventas Notariales, Certificados de posesión, Herencias ; Sucesiones Intestadas, boletas de pagos de servicios y arbitrios, copias de Documentos Nacionales de Identidad y otros documentos que garanticen y legalicen la propiedad y/o posesión de los predios afectados y la identificación legítima y correcta de los propietarios y/o posesionarios de dichos predios. Es de suma importancia, que se haga un análisis legal correcto de la situación de los predios afectados, ya que la Servidumbre por ley debe ser inscrita en los Registros Públicos. Si la información recopilada en campo y el análisis legal son incorrectos, esto causaría retrasos y pérdidas considerables para las empresas constructoras del Gasoducto. Por ello es relevante resaltar la importancia de reconocer legalmente al propietario y los tecedentes de como obtuvo el predio evaluado. En la etapa de valorización el evaluador o tasador debe contar con los planos de afectación del predio, en dicho plano se debe graficar la estratificación total de la superficie. En esta estratificación se debe indicar los tipos de cultivos existentes, tipo de plantaciones, cuerpos de agua, caminos, accesos, quebradas, construcciones y edificaciones; además de las obras complementarias que puedan existir, como, por ejemplo: pozos de agua, cercos, corrales, galpones, casetas, etc. Toda esta estratificación detallada en los planos de afectación, debe ser corroborada y sustentada con un panel fotográfico del predio afectado, es decir fotografías que describan de manera visual el predio con sus respectivas características y existencias. Además, existe la Ficha de Campo, que es un documento de la visita In Situ del predio afectado. Esta ficha detalla las características del predio en cuestión; algunos datos que detalla son: fecha de evaluación, ubicación geográfica del predio, información general del predio, descripción actual del predio, descripción de los recursos, descripción de la producción, construcciones rurales, descripción de edificaciones y obras complementarias, vulnerabilidad del predio y colindantes entre otros datos útiles para llegar a una valorización correcta del predio afectado. Por último, aplicando el programa Microsoft Excel y siguiendo los pasos que se detallan en el resumen, se procede a crear una plantilla de valorización, que contiene las fórmulas establecidas en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú, aprobado por Resolución Ministerial R.M. N° 126-2007-VIVIENDA del 07 de mayo del 2007, y sus modificatorias R. M. N° 266-2012-VIVIENDA del 05 de diciembre de 2012 y R. M. N° 395-2014-VIVIENDA del 07 de noviembre de 2014. Está plantilla se cruza con la información recolectada en campo y se procede con la valorización del predio. Finalmente, este informe, busca brindar información acerca del funcionamiento del sistema de servidumbres en el ámbito de proyectos energéticos en el Perú.
Colecciones
- EPL-EP Tesis [170]
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